| Inconstitucionalidad del Proyecto de Ley de los Consejos Comunales: |
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| escrito por Carlota Salazar Calderón | |
| lunes, 06 de marzo de 2006 | |
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(Protesto: la humillación que recibimos todos los venezolanos, con el acto nefasto del gobierno nacional, de colocar la figura de nuestro Libertador Simón Bolívar, en los carnavales de Brasil. Espectáculo que no guarda relación con su inmortal lucha, acción que agrede nuestro sentimiento nacionalista, en lo más profundo). Nuestra constitución nos obsequia, un diseño para la descentralización de competencias a las comunidades organizadas, en ejercicio de la democracia participativa, posesionados del espíritu planificador, que nos permite un crecimiento armónico, con una visión de ciudad. Partiendo de los Consejos Federales de Gobierno (art 185 CN): "…órgano encargado de la planificación y coordinación…", a nivel nacional; pasando por el Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas (art 166 CN) a nivel Estadal; por los Consejos Locales de Planificación Pública (art 182 CN) a nivel municipal; hasta llegar a las comunidades organizadas (art 184 CN): "…la ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades…". Normas programáticas desarrolladas en las Leyes de Planificación Estadal y Local de Políticas Públicas y en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Esta última, estructura al órgano planificador del municipio, que son los Consejos Locales de Planificación (art 110 LOPPM):"…es el órgano encargado de integrar al gobierno municipal y a las comunidades organizadas en el proceso de planificación e instrumentación del desarrollo del municipio…". A su vez, le da a los ya creados Consejos Comunales y Parroquiales (art 112), la facultad de seguimiento y control de las obras aprobadas en el seno del Consejo Local. Pasando, estos últimos, a ser parte de la estructura de los Consejos Locales de Planificación. Muchos, hemos reclamado la voluntad política, para que los Consejos Locales cumplan su función planificadora y de enlace con las comunidades. Pero la solución no puede ser peor que la enfermedad. Por ello, vemos con mucha preocupación que la Asamblea Nacional le dio la primera discusión al proyecto de Ley de Los Consejos Comunales, obviando la discusión que deben tener las Leyes para su aprobación (art 211 CN): "…durante el proceso de discusión y aprobación de los proyectos de leyes, consultarán a los otros órganos del Estado, a los Ciudadanos y Ciudadanas y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos…". Programándose aprobarla en 2da discusión, el día martes 7 de marzo del presente año, es decir, mañana. Ahora bien, la estructura que diseña esta ley, contraviene: La Constitución Nacional; Ley de los Consejos Locales; Ley de los Consejos Estadales y Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Sus desviaciones legales son: da a los Consejos Comunales el manejo de los recursos (art 21); crea la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular (art 26); La Comisión Nacional designa una Comisión Regional Presidencial del Poder Popular, por cada Estado previa aprobación del Presidente de la República (art 27). Por tanto, el proyecto de ley crea: 1.- una estructura paralela al Consejo Federal de Gobierno; Consejo Estadal de Políticas públicas y Consejos Locales de Planificación; 2.- distorsión en la planificación con los demás poderes para la ejecución de políticas públicas; 3.- un conflicto de competencia, en razón a que, la Asamblea Nacional, no tiene competencia para legislar sobre materias de los órganos municipales (poder municipal); 4.- concentración de decisiones en el Presidente de la República. Se refiere el proyecto de ley en comento, a los órganos Locales del Poder Popular, como en el capitulo 12 de la Constitución de la República de Cuba. Será pura coincidencia o tendrá algo que ver con la realidad?, en el sentido de que se utilicen estos Consejos Comunales para organizar todo una estructura de terror militarista, para el control del poder. Por ello, apoyamos la iniciativa de la Asociación Civil Gente de Soluciones, que han hecho un llamado a la Asamblea Nacional, a los fines de que se realice una consulta amplia a los diferentes sectores de la sociedad civil y de los involucrados en los Consejos Locales de Planificación, a los efectos de lograr un instrumento jurídico en armonía con la Constitución Nacional, que fortalezca la descentralización, respete la competencia municipal y que en definitiva logre el engranaje Estado-Comunidad.
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