| De 5 a 10 años de cárcel para invasores de terrenos |
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| escrito por Johan Carrillo / Güiria | |
| viernes, 18 de mayo de 2007 | |
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A raíz de una reunión que se realizo en la sede del Comando de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela en la población de Güiria municipio Valdez, se reunieron los miembros de seguridad del municipio, donde acudieron los representantes del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Policía Estadal, Policía Municipal, Alcaldía del Municipio, Guardia Nacional, Prefectura y Fiscalía del Ministerio Público, con el propósito de analizar la situación que desde hace aproximadamente dos semanas se esta presentando en la comunidad. Esta situación que se viene viviendo en la comunidad, se refiere al delito de usurpación previsto y sancionado en el artículo 471 “A” del Código Penal actual que textualmente especifica: Quien con el propósito de obtener para sí o para un tercero provecho ilícito, invada terreno, inmueble o bienhechurías ajenas, incurrirá en prisión de cinco a diez años y multa de cincuenta unidades tributarias (50 UT) a 200 unidades tributarias (200 UT). El sólo hecho de invadir sin que se tenga provecho, acarreará la pena anterior rebajada a criterio del Juez hasta una sexta parte. La pena establecida en el inciso anterior se aplicará aumentada hasta la mitad para el promotor, organizador o director de la invasión. Se incrementará la pena a la mitad aplicable cuando la invasión se produzca sobre terrenos ubicados en zona rural. Con relación a lo expresado anteriormente el artículo 55 de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela establece: “toda persona tiene derecho a la protección por parte del estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por la ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. En este sentido los organismos de seguridad del municipio Valdez, han iniciado una serie de actividades para divulgar lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las diferentes leyes de la república, con el objeto de prevenir este tipo de actos que atenta contra las personas y sus propiedades, por cuanto la prevención es la principal función de los organismos de seguridad, para posteriormente poner en ejecución las medidas contempladas en la legislación actual para evitar que se susciten este tipo de delitos en la comunidad. |
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