| Jornadas de Derecho Mercantil en Puerto la Cruz |
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| escrito por Redacción | |
| viernes, 11 de mayo de 2007 | |
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Un total de 200 abogados, estudiantes de derecho y de postgrado, y de otras disciplinas del saber, provenientes del diferentes partes del país, tuvieron la oportunidad actualizar e incrementar sus conocimientos durante la Jornada de Derecho Mercantil, que se desarrollará hasta este sábado 12, en homenaje al doctor Alfredo Morles Hernández, presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, y con la presencia del conferencista argentino Leandro Javier Caputo. Este evento, que se efectúa, en el Gran Hotel Puerto La Cruz, es promovido por el escritorio de abogados Salaverria Ramos Romero & Asociados, la Academia de Ciencias Políticas y Socales y la Universidad Metropoliana. En sus palabras el Dr. Morles refirio que “ el triunfo de la democracia sobre el totalitarismo, el triunfo paralelo de la economía de mercado sobre la economía planificada, ha sido también el triunfo del derecho mercantil como marco de la regulación de la actividad económica,…sin apartarse de la moral, disciplina que es indispensable en el marco de relaciones patrimoniales justas, equitativas y armoniosas.
Mercado paralelo no es de divisas, sino de títulos valores Sobre “Mercado paralelo de divisas, habló José Alfredo Giral, profesor de Contratos Internacionales y Derecho Internacional Privado. UCAB. - El mercado paralelo en realidad es un mecanismos por medio del cual la persona puede adquirir divisas de una manera lícita, pero no comprarlas. La compra de las divisas es a través del Banco Central de Venezuela y se hace nada más a través del mercado oficial de divisas. Lo que sucede con las operaciones de mercado paralelo es que son una serie de contratos que se hacen con títulos valores, cuyos resultados finales son que si tu tenías bolívares compras valores, los intercambias y vendes fuera del país y obtienes divisas, y todas esas operaciones son lícitas y están aparadas por la Constitución y las disposiciones expresas de la misma Ley Contra Ilícitos Cambiarios. Agrega que “el control cambiario es una situación excepcional, y a través de un convenio cambiario del Banco Central de Venezuela se restringe la compra y venta de divisas, y aparentemente por lo que ha dicho el Ejecutivo Nacional ,este régimen permanecerá vigente por muchísimo tiempo… “la gente tiende a pensar que el control cambiario es la regla, cuando no es el caso. Jurídicamente hablando, el control cambiario es la excepción, la regla es la libertas económica”. Julio Rodríguez Berrizbeitia, profesor de Derecho Mercantil. UCAB, habló sobre “¿ Son posibles regulaciones legales eficientes en materia de gobierno corporativo? expresó que no pareciera ser, al menos en el caso venezolano, la solución definitiva a nuestros problemas de exigencia de una profunda reforma de nuestro régimen societario. En la noche hubo un concierto de música de la Orquesta Sinfónica del estado Anzoátegui. Los fondos de este evento serán a beneficio de la Fundación de Amigos del Niño con Cáncer. Para este sábado 12 Para este sábado, el conferencista argentino Leandro Javier Caputo hablará sobre “ La pérdida del ánimo societario y su relevancia como causal de disolución de la sociedad (mercantil), quien es profesor de Sociedades Comerciales, Universidad Nacional de Lomas de Zamora, y de Elementos de Derecho Comercial, de la Universidad Nacional de Buenos Aires, Argentina. Otra ponencia versará sobre Obligaciones en moneda extranjera. Pedro Planchart Pocaterra. Jefe del Departamento de Derecho Privado. UCAB.
CNP 3.900 |
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