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Cerca de 200 participantes asisten a Jornada de actualización del CPC Imprimir E-Mail
escrito por Ana Leon   
viernes, 20 de octubre de 2006

Con la asistencia de cerca de 200 abogados, estudiantes de derecho y de postgrado, ayer se instaló la Jornada de Actualización del Código de Procesamiento Civil, con motivo del XX aniversario de este instrumento legal, que contó con la presencia del conferencista argentino Omar Díaz Solimine y uno de los homenajeados de este evento el doctor Arístides Rengel Romberg

Este evento es promovido por el escritorio de abogados Salaverria Ramos Romero & Asociados, el Instituto Venezolano de Estudios de Derecho Procesal (Invedepro) y la Universidad Metropoliana. 

Las palabras de bienvenida estuvieron a cargo de la doctora Marisabel Madrigal, de la Universidad Metropolitana; Carlos Sarmiento, del Invedepro; y José Getulio Salaverria, en representación del doctor Leopoldo Márquez Añez, homenajeado también en este evento, quien no pudo asistir.

Experiencia valiosa
El conferencista argentino, Omar Díaz Solimine, expuso “Panorama de la prueba dinámica”. El expositor es Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Consejero Académico de la Universidad de Belgrano y profesor de Derecho Procesal Civil de la Universidad de Buenos Aires.

Recordó en su ponencia que “la buena fe es propia de todo acto jurídico y toda relación jurídica dentro o fuera del proceso y la prueba es un aspecto clave de conocimiento”. 

En su presentación puntualizó que en Argentina, Paraguay y Venezuela “no impone la carga de probar al “actor” o “demandado”, sino a quien “afirma” o “niega.” 

Sin embargo, según su ponencia, con esta doctrina lo que hay es una inversión de la carga de la prueba. “Lo que se quiere es que las partes aporten lo que tienen como prueba, para que el juez decida, con graves sanciones si no se hace”. 

También señaló que los jueces al sentenciar deben prevenir a las partes de que aporten elementos de prueba, o se les puede aplicar una presunción contraria a sus intereses.

Señaló que la jurisprudencia demuestra que donde más se utiliza esta referencia de la carga dinámica, es en casos médicos (mala praxis), juicios de afiliación (ADN), profesionales en general y servicios públicos como electricidad y teléfono.

Dijo en el caso eléctrico que “no son los usuarios los que tienen que probar, porque los que tienen todos los elementos técnicos y conoce como se aplica es la empresa. La carga dinámica probatoria se caracteriza por beneficiar un poco más a la parte débil frente a la prueba” 

- Esta prueba se aplicó en Argentina con el servicios eléctrico por sobrefacturación, por haberse quemado electrodomésticos, por no haber suministro eléctrico por unos días; y los afectados fueron resarcidos, además de que se aplicó una sanción por lo haber cumplido adecuadamente con el servicio.   

Ayer en la tarde se expusieron 6 ponencias más y en la noche hubo un concierto de musica latinoamericana de la Sinfónica Juvenil d Anzoátegui.  Hoy prosigue la jornada con 3 exposiciones más en el Gran Hotel Puerto La Cruz. Los fondos de este evento será a beneficio de Fundamigos Hendidura del Labio Palatino HLP

 
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